Nota de prensa: Sobre los vientres de alquiler (CJTM)
Madrid, a 1 de febrero de 2017.- En los últimos días se está intensificando la campaña para legalizar en España los vientres de alquiler, por lo que el Centro Jurídico Tomás Moro se ve en la necesidad de informar a la sociedad de la realidad moral, legal y económica de los vientres de alquiler.
La Gestación Subrogada (eufemismo de vientre del alquiler) supone el reconocimiento legal de la explotación sexual de la mujer y la mercantilización de la vida.
La mujer alquila su cuerpo, normalmente bajo algún tipo de coacción (constatándose que en algunos países la subrogación se encuentra unida a redes de prostitución), convirtiéndose dicha práctica en una nueva forma de explotación, con la agravante de que el niño fruto del contrato es utilizado como producto comercial.
Ante los constantes ataques a la dignidad de la mujer, y el fomento del tráfico internacional de menores, es necesario una vez más recordar qué es y qué no es un vientre de alquiler.
No es una nueva técnica de reproducción, sino una antigua lacra al suponer la mercantilización de la mujer.
Sí es un negocio rentable, pues solo es posible si existe transacción económica entre los padres biológicos y la madre gestante.
No es un procedimiento igualitario, ya que sólo los más pudientes pueden subrogar un vientre.
Sí es un delito, pues está prohíbido el tráfico de menores y la explotación sexual de las mujeres.
No es ningún progreso ni avance social, pues supone una nueva forma de explotación de la mujer y tráfico de personas que convierte a los niños en productos comerciales.
Sí es un gran problema ético, moral, social y jurídico, pues hasta 6 adultos pueden llegar a litigar por la maternidad/paternidad de los menores: la madre genética (donante de óvulos), la madre gestante (el vientre de alquiler), la mujer que ha encargado el bebé, el padre genético (donante de esperma), el marido o pareja de la madre gestante (que tiene la presunción de paternidad), y el hombre que ha encargado el bebé.
No busca el bien del niño, sino satisfacer el capricho o deseo de unos adultos de ser padres a cualquier precio.
Por ello el Centro Jurídico Tomás Moro considera que es necesario oponerse a cualquier norma que suponga la esclavitud sexual de la mujer y el tráfico de menores, y es necesario igualmente defender la dignidad de la mujer y el interés de los menores, aún de aquellos no nacidos pero si concebidos, por lo que instamos a la sociedad española a que no permanezca neutral ante el intento de algunas organizaciones y algunos líderes políticos de dar carta de naturaleza en el ordenamiento español a la esclavitud sexual de las mujeres y al lucrativo tráfico comercial de menores.