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18 de diciembre de 2016 0 /

La justicia en España al socarie del caso Rita Maestre

Javier Mª Pérez-Roldán y Suanzes-Carpegna – Abogado


La escandalosa absolución de Rita Maestre por parte de la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid, ha puesto de manifiesto dos de los más graves problemas que padece España: la ideología de género, que ha conquistado los resortes del poder; y la cobardía de la mayor parte de los jueces, que deja en papel mojado los derechos esenciales de los españoles.

Analizando solo el segundo de los problemas, es evidente la cobardía de gran parte de los Jueces, que se pliegan servil y lacayunamente al sol que más calienta. Así, durante estos años de corrupción política nada hicieron, y empezaron a venderse como “adalides” de las libertades cuando no les quedó más remedio que actuar contra políticos y poderosos por la presión social existente. Del mismo modo, durante años y años estuvieron dictando sentencias amparando todo tipo de cláusulas abusivas impuestas por los bancos, y solo cuando el clamor social llegó al límite decidieron empezar a actuar contra los mismos. Y ello de forma tal que ahora condenan a cualquier entidad o anulan cualquier contrato bancario (aunque no sea abusivo o no tenga cláusulas nulas) con tal de no enfrentarse al clamor social.

En el caso de Rita Maestre nos encontramos con un ponente que se ha empeñado en seguir siéndolo a pesar de ser amigo de la Alcaldesa desde años atrás y a pesar de haber negociado directamente con ella el apoyo del Ayuntamiento de Madrid para una Fundación de la que es Secretario. Evidentemente, si el magistrado hubiera creído en la justicia se hubiera apartado voluntariamente del caso, manifestando él mismo, de forma espontánea, que no reunía las condiciones de apariencia de imparcialidad que el derecho exige. Y es que en una sociedad civilizada no es de recibo la impartición de justicia por un juez cuya apariencia de imparcialidad no existe.

Sin embargo, en vez de optar por la vía honesta y fácil optó por la vía deshonesta y cobarde, la de encargarse de asumir la ponencia del recurso de apelación para garantizar la absolución de la asaltacapillas. Si la Maestre y sus compañeras, en su asalto a la capilla decían que entraron en la misma vírgenes y salieron putas, el juez ha demostrado que ha sido capaz de prostituir la justicia, quizá para consolación de la que sin rubor se definió como puta (así reflejado en las actuaciones judiciales).

La cobardía del ponente, Francisco David Cubero Flores (conocido como el nigromante), y sus dos compañeros, el ex policía Miguel Hidalgo Abia y Francisco Javier Teijeiro Doral, la intentan ocultar en cierta referencia críptica a la beatitud evangélica. Así, en un caso nunca antes visto de falta de cortesía procesal (inaudito en jueces que se califican de imparciales) llaman interlinealmente hipócritas a las acusaciones procesales ejercidas por un partido católico (AES)  y por un Centro Jurídico del mismo signo: el Centro Jurídico Tomás Moro. Y es que no tienen empacho en sostener, al folio 10 de la Sentencia, que el obispo de Madrid le dio a la Rita su perdón «en perfecta coherencia con su fe católica». Ergo las acusaciones populares no hemos sido coherentes con la  misma.

Esto que dicen, aprovechando que ellos tienen la última palabra y que con respecto a su Sentencia no cabe recurso ordinario alguno, demuestra nuevamente no solo su cobardía, sino también su indignidad, su ánimo pendenciero y su ignorancia, cosas todas ellas que debían ser ajenas, desde luego, al ejercicio judicial.

Y es que si se hubieran tomado la molestia de haber leído alguna vez algo de filosofía, o de moral, o de ética, o de teología, sabrían que no hay contradicción alguna. Basta con acudir a Santo Tomás para saber que el ejercicio del perdón no impide el cumplimiento de las penas civiles impuestas ante las infracciones de los ordenamientos penales. Es más, sabrían que es falta de caridad dejar sin penas a los lobos para que hagan presas, sin límite ni cortapisa,  del rebaño. Pero es que, además, una cosa es el perdón y otra el resarcimiento del daño. Así, un confesor para absolver a quien pecó robando, le debe exigir, antes de dárselo, que retorne a su legítimo propietarios los bienes sustraídos. Pues bien, la Sra. Rita Maestre, se negó en todo momento, tozudamente, a pedir perdón en la sala por sus hechos. Es más, tuvo en la sala la oportunidad de pedir perdón a las víctimas concretas de su asalto, que se encontraban entre el público después de haber declarado como testigos. Alguna de estas víctimas reconoció que pasó miedo, otra que tuvo un ataque de ansiedad, y otra, como figura en las actuaciones, que después de los hechos tenía miedo de volver a entrar en la capilla a rezar por lo que pudiera pasar. Pues bien, se negó a pedir perdón. Yo mismo, en mis alegaciones finales, hice referencia a tal extremo, con la confianza de que oyéndome, la interfecta, en el ejercicio de su última palabra, pidiera al menos perdón: no lo hizo.

Pues bien, la Sala, con su cobarde proceder (pues ni un solo jurista niega que el sacrilegio se pueda realizar sobre bienes inmuebles) ha venido a consagrar tamaña afrenta. La cobardía de estos magistrados servirá de aliento para futuras acciones de este tipo. Y todos, salvo los ignorantes, sabemos que la violencia política y las persecuciones religiosas nunca aparecen en toda su desagradable faz de golpe y de una vez, sino que lo hace de manera escalonada, subiendo de peldaño en peldaño hasta la expresión suprema de la eliminación física.

Los miembros del Centro Jurídico Tomás Moro tendremos la conciencia tranquila, pues nadie nos podrá exigir más de lo que hicimos; sin embargo a otros tres les caerá la sangre de los inocentes sobre sus propias conciencias. AMÉN.

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