León XIV y el espinoso asunto de la confesionalidad del Estado y de la política.

La confesionalidad del Estado o de las instituciones públicas ocupó en la doctrina social y política de la Iglesia -y por ende del Carlismo- un papel central, hasta el giro introducido por el Concilio Vaticano II. Desde entonces, la cuestión es distinguir qué se afirma hoy, qué se afirmaba antes, y si hay continuidad o ruptura. Todo ello tiene implicaciones para el Carlismo como movimiento político.
La doctrina clásica (de León XIII a Pío XII) sostenía que hay una única religión verdadera (la católica) y que las sociedades y los Estados tienen el deber moral de reconocerla, por lo que el ideal para las sociedades cristianas era el Estado confesional católico.
El magisterio eclesiástico desde el Vaticano II (Dignitatis humanae ,1965), proclamado por todos los Papas desde entonces, pone el acento, sin embargo, en la autonomía de la política y en la libertad religiosa como derecho civil: toda persona tiene derecho a no ser coaccionada en materia religiosa y a actuar según su conciencia, individual y colectivamente. Esto implica que el Estado no debe imponer una religión y debe garantizar la libertad religiosa de todos.
La consecuencia de este derecho de libertad religiosa es que el Estado no debería ser confesional en su sentido jurídico pleno, sino practicar una “laicicidad positiva” o “aconfesionalidad cooperativa” con respecto a la religión, y en este caso a Iglesia Católica, especialmente cuando es la mayoritaria e histórica en un país, como es el caso de España.
La doctrina postconciliar no niega los postulados morales clásicos. Se mantiene que las personas y sociedades tienen deber moral hacia la verdad religiosa, pero se introduce un giro al destacar que el Estado no debe coaccionar con sus leyes y debe garantizar la libertad religiosa de los ciudadanos. Se rechaza así la confesionalidad entendida como imposición o privilegio excluyente, admitiéndose en cambio una confesionalidad “sociológica” o cultural. En la práctica, todo ello se traduce en que el modelo preferido por el magisterio eclesiástico ya no es el “Estado confesional” clásico.
El propio Concilio Vaticano II, consciente de la cierta novedad que sus planteamientos introducían, proclamó que sus afirmaciones no suponían un cambio en la doctrina tradicional sobre la verdad objetiva y el deber hacia la religión, sino que desarrollaba la doctrina sobre derechos de la persona, poniendo el énfasis en la dignidad y libertad frente a toda coacción, y dejando clara la diferencia entre Estado no confesional y Estado laicista.
Lo dicho para el Estado, tiene también inmediatas implicaciones para las entidades infrasoberanas. El magisterio eclesiástico reciente no exige que los partidos políticos o las instituciones públicas (centros de enseñanza, medios de comunicación, asociaciones de todo tipo…) se declaren confesionalmente católicos, incluso cuando la pertenencia a ellos sea plenamente voluntaria y por tanto no pueda invocarse el riesgo de coacción. Con ello la Iglesia quiere destacar la autonomía de lo político -y evitar cualquier confusión entre planos distintos-, al tiempo que alienta la presencia de los cristianos en la vida pública (como ciudadanos, no como imposición institucional). Un partido político, por ejemplo, puede inspirarse en valores cristianos, pero no se exige -incluso se rechaza- que sea “confesional” jurídicamente.
Exista continuidad o cambio de dirección, lo cierto es que en el magisterio actual de la Iglesia -ya desde hace más de medio siglo- hay un cambio evidente en el modelo político preferido, y en el modelo de relación Iglesia-Estado por el que se aboga, que afecta también, como hemos dicho, a otras entidades de la sociedad civil. Así lo veremos -o lo estamos viendo ya-, por ejemplo, en colegios antes oficialmente autotitulados católicos, que ahora lo evitan o abren sus puertas a alumnos de otras religiones.
El escándalo de los casos de abusos en el seno de la Iglesia o entidades católicas, no ha venido recientemente más que a reforzar este deseo por parte de la Iglesia de proclamar la autonomía de la política y las entidades sociales respecto a ella misma. La metedura de pata ingenua por parte de la Jerarquía de haberse auto arrogado como Iglesia los delitos individuales de algunos de sus miembros (pederastia, abusos etc), pidiendo perdón público por ellos, y confundiendo lamentablemente la Teología con el Código Civil -con el enorme descrédito social y las gigantescas indemnizaciones que ello ha traído consigo- está llevando aún más a evitar que las entidades sociales o políticas puedan ser consideradas una longa manus de la Jerarquía, rehuyendo que se declaren confesionalmente católicas.
Todas estas consideraciones son un telón de fondo sobre el que hay que leer el histórico discurso del Papa León XIII ante el Congreso de los Diputados del pasado 8 de junio, una valiosa orientación magisterial que el Carlismo actual no puede pasar por alto.
