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10 de junio de 2026 1

León XIV y el espinoso asunto de la confesionalidad del Estado y de la política.

La confesionalidad del Estado o de las instituciones públicas ocupó en la doctrina social y política de la Iglesia -y por ende del Carlismo- un papel central, hasta el giro introducido por el Concilio Vaticano II. Desde entonces, la cuestión es distinguir qué se afirma hoy, qué se afirmaba antes, y si hay continuidad o ruptura. Todo ello tiene implicaciones para el Carlismo como movimiento político.

La doctrina clásica (de León XIII a Pío XII) sostenía que hay una única religión verdadera (la católica) y que las sociedades y los Estados tienen el deber moral de reconocerla, por lo que el ideal para las sociedades cristianas era el Estado confesional católico.

El magisterio eclesiástico desde el Vaticano II (Dignitatis humanae ,1965), proclamado por todos los Papas desde entonces, pone el acento, sin embargo, en la autonomía de la política y en la libertad religiosa como derecho civil: toda persona tiene derecho a no ser coaccionada en materia religiosa y a actuar según su conciencia, individual y colectivamente. Esto implica que el Estado no debe imponer una religión y debe garantizar la libertad religiosa de todos.

La consecuencia de este derecho de libertad religiosa es que el Estado no debería ser confesional en su sentido jurídico pleno, sino practicar una “laicidad positiva” o “aconfesionalidad cooperativa” con respecto a la religión, y en este caso a Iglesia Católica, especialmente cuando es la mayoritaria e histórica en un país, como es el caso de España.

La doctrina postconciliar no niega los postulados morales clásicos. Se mantiene que las personas y sociedades tienen deber moral hacia la verdad religiosa, pero se introduce un giro al destacar que el Estado no debe coaccionar con sus leyes y debe garantizar la libertad religiosa de los ciudadanos. Se rechaza así la confesionalidad entendida como imposición o privilegio excluyente, admitiéndose en cambio una confesionalidad “sociológica” o cultural. En la práctica, todo ello se traduce en que el modelo preferido por el magisterio eclesiástico de las últimas décadas ya no es el “Estado confesional” clásico.

El propio Concilio Vaticano II, consciente de la cierta novedad que sus planteamientos introducían, proclamó que sus afirmaciones no suponían un cambio en la doctrina tradicional sobre la verdad objetiva y el deber hacia la religión, sino que desarrollaba la doctrina sobre derechos de la persona, poniendo el énfasis en la dignidad y libertad frente a toda coacción, y dejando clara la diferencia entre Estado no confesional y Estado laicista.

Lo dicho para el Estado, tiene también inmediatas implicaciones para las entidades infrasoberanas. El magisterio eclesiástico reciente  no exige que los partidos políticos o las instituciones públicas (centros de enseñanza, medios de comunicación, asociaciones de todo tipo…) se declaren confesionalmente católicos, incluso cuando la pertenencia a ellos sea plenamente voluntaria y por tanto no pueda invocarse el riesgo de coacción. Con ello la Iglesia quiere destacar la autonomía de las realidades temporales -y evitar cualquier confusión entre planos distintos-, al tiempo que alienta la presencia de los cristianos en la vida pública (como ciudadanos, no como imposición institucional). Un partido político, por ejemplo, puede inspirarse en valores cristianos, pero no se exige -incluso se rechaza- que sea “confesional” jurídicamente.

Exista continuidad o cambio de dirección, lo cierto es que en el magisterio actual de la Iglesia -ya desde hace más de medio siglo- hay un cambio evidente en el modelo político preferido, y en el modelo de relación Iglesia-Estado por el que se aboga, que afecta también, como hemos dicho, a otras entidades de la sociedad civil. Así lo veremos -o lo estamos viendo ya-, por ejemplo, en colegios antes oficialmente autotitulados católicos, que ahora lo evitan o abren sus puertas a alumnos de otras religiones.

El escándalo de los casos de abusos en el seno de la Iglesia o entidades católicas, no ha venido recientemente más que a reforzar este deseo por parte de la Iglesia de desvincularse de ciertas realidades temporales hasta donde le ha sido posible. La metedura de pata ingenua por parte de la Jerarquía de la Iglesia Católica de haberse auto arrogado como Iglesia los delitos individuales (pederastia, abusos etc) de miembros de alguna de sus instituciones u obras, o de entidades con las que se la relaciona,  pidiendo perdón público por ellos, y confundiendo lamentablemente la Teología con el Código Civil -con el enorme descrédito social y las gigantescas indemnizaciones que ello ha traído consigo- está llevando aún más a evitar que las entidades sociales o políticas puedan ser consideradas una longa manus de la Jerarquía, prefiriendo que dejen de declararse confesionalmente católicas por entender que ello podría interpretarse como una mayor vinculación o pertenencia y, por tanto, responsabilidad directa o indirecta de la Iglesia sobre sus hechos o conductas. También por esta razón se acaba prefiriendo una «laicidad positiva» en lugar de la abierta confesionalidad.

Todas estas consideraciones son un telón de fondo sobre el que leer el histórico discurso del Papa León XIII ante el Congreso de los Diputados del pasado 8 de junio, una valiosa aportación magisterial que el Carlismo en particular -la única fuerza política que se mantiene confesionalmente católica- no puede pasar por alto para su propia orientación en las actuales circunstancias de la Iglesia y del mundo.

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Un comentario en “León XIV y el espinoso asunto de la confesionalidad del Estado y de la política.

  1. Luis Flórez-Estrada Orlandis-Habsburgo

    [Por Luis Flórez-Estrada Orlandis-Habsburgo]
    Cabe matizar la diferencia entre dos conceptos técnicos que muchas personas no distinguen y que están en el centro de la confusión sobre este punto del Concilio Vaticano II:

    Primero entre doctrina —Enseñanza oficial de la Iglesia— y exposición catequética o pastoral —manera de explicar la doctrina por una persona concreta.

    La Doctrina de la Iglesia no ha cambiado, porque de hecho es inmutable. Lo que sí ha cambiado es la catequesis de muchos sacerdotes que posiblemente desde el sentimentalismo —condenado por la Iglesia—, introducen errores posiblemente de manera inadvertida o al menos no explican suficientemente bien los conceptos y al aterrizar en la tan necesaria «libertad religiosa», también es necesario distinguir:

    – Libertad Religiosa: Nadie puede ser obligado a creer en la Única Religión Verdadera y participar de los ritos. Ello haría carente de toda virtud participar en la misma. Esta libertad para practicar libremente la virtud está reconocida desde tiempos inmemoriales.

    – Libertad de Culto: La Iglesia es Madre y tiene el deber de cuidar de sus hijos con justicia, prudencia y caridad hacia quienes profesan la Fe Verdadera y para los que no lo hacen. No existe derecho moral al culto público del error. Puede haber tolerancia civil prudencial, pero no reconocimiento moral ni político como si verdad y error tuviesen iguales derechos.

    No se persigue a las personas ni se fuerza conversiones, la Fe fingida no es virtud. Pero tampoco debemos tratar la verdad y el error como realidades moralmente equivalentes. No existe un derecho moral al proselitismo de doctrinas falsas o cultos desordenados, que niegan la verdad de Cristo, ya que dañan el bien común. Podrá tolerarse prudencialmente alguna manifestación privada para evitar males mayores, porque la Iglesia es Madre y no confunde la conversión con la coacción; pero tolerar un mal no es reconocerlo como derecho.

    Si la ley civil debe servir al bien común y el bien común no puede edificarse contra la verdad, entonces el gobierno de nuestra nación no sólo puede ser católico: debe serlo. España necesita que lo sea, no para que nadie sea forzado a creer, sino para que la vida pública sea organizada para servir a Dios, a la ley natural, al bien común y a las verdaderas libertades concretas de cada persona individual.

    Leer el Concilio como negación de la doctrina anterior sería hacerlo desde la hermenéutica de ruptura que Benedicto XVI nos enseñó a rechazar.

    Hay encíclicas que para algunos están olvidadas, pero hoy no han perdido un ápice de vigencia, son más necesarias que nunca:
    https://www.vatican.va/content/pius-ix/la/documents/encyclica-quanta-cura-8-decembris-1864.html

    Que la Santísima Virgen os guarde bajo su manto,
    Non prævalebvnt

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